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Derechos del viajero

Qué te deben si tu vuelo se cancela, se retrasa o no te dejan embarcar, y cómo reclamarlo. De momento, esta página cubre los vuelos con la norma europea.

Información general, no asesoramiento legal. Lo que te corresponde depende de tu viaje, del país, de la compañía y de la norma vigente. Si tu caso es complicado, consulta con la autoridad competente o con un profesional. Más en las condiciones de uso.

¿Qué te ha pasado?

¿Se te aplica la norma europea?

  • Sales de un aeropuerto de la UE, con cualquier aerolínea.
  • Llegas a la UE desde fuera, en un vuelo operado por una aerolínea de la UE.
  • Canarias, Azores, Madeira y las demás regiones ultraperiféricas cuentan como UE, y la norma se aplica también a los vuelos con origen o destino en Islandia, Noruega y Suiza.
  • Hace falta una reserva confirmada y presentarte a facturar a la hora que te indicaron o, si no te dieron ninguna, 45 minutos antes de la salida.
  • No se aplica si viajas gratis o con una tarifa reducida que no está al alcance del público.
  • Responde la aerolínea que opera el vuelo, aunque el billete te lo vendiera otra.

Lo que te pueden deber

Atención mientras esperas
Comida y bebida según la espera, dos llamadas o correos y, si tienes que pasar la noche, hotel y traslado. Si la pagas tú, guarda los tickets: tienen que devolvértela si fue necesaria y razonable.
Reembolso o vuelo alternativo
El reembolso, en 7 días. El vuelo alternativo, lo antes posible o en la fecha que tú elijas si hay plazas. Eliges una de las opciones, una sola vez.
Compensación
250 € en vuelos de hasta 1.500 km; 400 € en vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km y en los demás de 1.500 a 3.500 km; 600 € en el resto. Puede reducirse a la mitad si te llevan a destino con un vuelo alternativo que llega dentro de 2, 3 o 4 horas, según la distancia. Se paga en dinero; en bonos, solo si lo aceptas por escrito.
Cuándo no hay compensación
Si la aerolínea demuestra que hubo circunstancias extraordinarias que no se podían evitar —meteorología, riesgos para la seguridad, decisiones del control aéreo, inestabilidad política—, no paga compensación, aunque te sigue debiendo la atención y el reembolso o el vuelo alternativo. La mayoría de los problemas técnicos y las huelgas del propio personal de la aerolínea no cuentan como extraordinarias.

Cómo reclamar, paso a paso

  1. Reclama primero a la aerolínea, por escrito: en su web o en su correo de atención al cliente. Guarda el billete, las tarjetas de embarque, los correos y las facturas. Para poder ir después a AESA, hazlo dentro de los 5 años siguientes.
  2. Si no te responde en 1 mes o la respuesta no te convence, reclama gratis ante AESA si tu vuelo salió de España o llegó a España desde fuera de la UE con una aerolínea de la UE. Tienes 1 año desde tu reclamación a la aerolínea.
  3. AESA decide en 90 días desde que tiene toda la documentación (ahora mismo avisa de que va con retraso). Su decisión obliga a la aerolínea, que tiene 1 mes para cumplirla, pero no a ti: si no estás de acuerdo, puedes ir a los tribunales.
  4. Si tu vuelo salió de otro país de la UE, la reclamación va a la autoridad de ese país. Y en cualquier caso puedes acudir a los tribunales, también con el proceso europeo de escasa cuantía.
Presentar la reclamación en la sede electrónica de AESA

Si prefieres que lo gestione otro

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Qué cambia con la reforma

La reforma del reglamento se firmó el 16 de septiembre de 2026 y se aplicará 12 meses después de publicarse en el Diario Oficial de la UE. TripPlan aún no ha podido comprobar esa fecha. Hasta entonces rige el texto de 2004, que es el que explica esta página.

Según la Comisión Europea, se mantienen las 3 horas y los 250, 400 y 600 €; la aerolínea tendrá que informarte en 96 horas de tus derechos y de cómo reclamar; y no podrá negarte el vuelo de vuelta por no haber volado la ida.

Fuentes oficiales

Última revisión: 4 de octubre de 2026