Derechos del viajero
Qué te deben si tu vuelo se cancela, se retrasa o no te dejan embarcar, y cómo reclamarlo. De momento, esta página cubre los vuelos con la norma europea.
Información general, no asesoramiento legal. Lo que te corresponde depende de tu viaje, del país, de la compañía y de la norma vigente. Si tu caso es complicado, consulta con la autoridad competente o con un profesional. Más en las condiciones de uso.
¿Qué te ha pasado?
Te cancelaron el vuelo
Puedes elegir entre que te devuelvan el billete o un vuelo alternativo, y la aerolínea te debe comida y, si hace falta, hotel. Si te avisan con menos de 14 días de antelación, puede corresponderte además una compensación, salvo circunstancias extraordinarias.
Tu vuelo sale o llega tarde
Según la distancia, desde 2, 3 o 4 horas de retraso en la salida la aerolínea te debe comida y dos llamadas o correos, y desde 5 horas puedes pedir que te devuelvan el billete. Si llegas a tu destino final con 3 horas o más de retraso, puede corresponderte una compensación: el texto de 2004 no la menciona, pero la Comisión Europea la explica en Tu Europa.
No te dejaron embarcar
Si te presentaste a tiempo, con tu reserva y tus documentos en regla, y no renunciaste a tu plaza voluntariamente, te corresponde una compensación inmediata, elegir entre reembolso o vuelo alternativo, y asistencia mientras esperas.
Perdiste una conexión
Si los vuelos iban en una sola reserva y llegas al destino final más de 3 horas tarde, puede corresponderte una compensación. No cuenta si la perdiste por los controles de seguridad o por no llegar a la hora de embarque.
Te bajaron de clase
Te deben devolver el 30, el 50 o el 75 % del precio del billete, según la distancia, en un plazo de 7 días.
Tu maleta no llegó o llegó rota
Es otra norma. La aerolínea responde hasta unos 1.300 €. Reclámalo por escrito en 7 días si se perdió o se dañó, o en 21 días desde que te la entregan si llegó tarde. AESA no tramita estas reclamaciones.
¿Se te aplica la norma europea?
- Sales de un aeropuerto de la UE, con cualquier aerolínea.
- Llegas a la UE desde fuera, en un vuelo operado por una aerolínea de la UE.
- Canarias, Azores, Madeira y las demás regiones ultraperiféricas cuentan como UE, y la norma se aplica también a los vuelos con origen o destino en Islandia, Noruega y Suiza.
- Hace falta una reserva confirmada y presentarte a facturar a la hora que te indicaron o, si no te dieron ninguna, 45 minutos antes de la salida.
- No se aplica si viajas gratis o con una tarifa reducida que no está al alcance del público.
- Responde la aerolínea que opera el vuelo, aunque el billete te lo vendiera otra.
Lo que te pueden deber
- Atención mientras esperas
- Comida y bebida según la espera, dos llamadas o correos y, si tienes que pasar la noche, hotel y traslado. Si la pagas tú, guarda los tickets: tienen que devolvértela si fue necesaria y razonable.
- Reembolso o vuelo alternativo
- El reembolso, en 7 días. El vuelo alternativo, lo antes posible o en la fecha que tú elijas si hay plazas. Eliges una de las opciones, una sola vez.
- Compensación
- 250 € en vuelos de hasta 1.500 km; 400 € en vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km y en los demás de 1.500 a 3.500 km; 600 € en el resto. Puede reducirse a la mitad si te llevan a destino con un vuelo alternativo que llega dentro de 2, 3 o 4 horas, según la distancia. Se paga en dinero; en bonos, solo si lo aceptas por escrito.
- Cuándo no hay compensación
- Si la aerolínea demuestra que hubo circunstancias extraordinarias que no se podían evitar —meteorología, riesgos para la seguridad, decisiones del control aéreo, inestabilidad política—, no paga compensación, aunque te sigue debiendo la atención y el reembolso o el vuelo alternativo. La mayoría de los problemas técnicos y las huelgas del propio personal de la aerolínea no cuentan como extraordinarias.
Cómo reclamar, paso a paso
- Reclama primero a la aerolínea, por escrito: en su web o en su correo de atención al cliente. Guarda el billete, las tarjetas de embarque, los correos y las facturas. Para poder ir después a AESA, hazlo dentro de los 5 años siguientes.
- Si no te responde en 1 mes o la respuesta no te convence, reclama gratis ante AESA si tu vuelo salió de España o llegó a España desde fuera de la UE con una aerolínea de la UE. Tienes 1 año desde tu reclamación a la aerolínea.
- AESA decide en 90 días desde que tiene toda la documentación (ahora mismo avisa de que va con retraso). Su decisión obliga a la aerolínea, que tiene 1 mes para cumplirla, pero no a ti: si no estás de acuerdo, puedes ir a los tribunales.
- Si tu vuelo salió de otro país de la UE, la reclamación va a la autoridad de ese país. Y en cualquier caso puedes acudir a los tribunales, también con el proceso europeo de escasa cuantía.
Si prefieres que lo gestione otro
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Qué cambia con la reforma
La reforma del reglamento se firmó el 16 de septiembre de 2026 y se aplicará 12 meses después de publicarse en el Diario Oficial de la UE. TripPlan aún no ha podido comprobar esa fecha. Hasta entonces rige el texto de 2004, que es el que explica esta página.
Según la Comisión Europea, se mantienen las 3 horas y los 250, 400 y 600 €; la aerolínea tendrá que informarte en 96 horas de tus derechos y de cómo reclamar; y no podrá negarte el vuelo de vuelta por no haber volado la ida.
Fuentes oficiales
- Reglamento (CE) 261/2004, texto vigenteEUR-Lex (Diario Oficial de la UE) · Consultada el 4 de octubre de 2026
- Derechos de los pasajeros aéreosTu Europa (Comisión Europea) · Consultada el 4 de octubre de 2026
- Reclamar ante AESA (vuelos desde el 02/06/2023)Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) · Consultada el 4 de octubre de 2026
- Reclamar ante AESA: sede electrónicaAgencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) · Consultada el 4 de octubre de 2026
- Reforma del Reglamento 261/2004: resumenComisión Europea · Consultada el 4 de octubre de 2026
- Reforma del Reglamento 261/2004: tramitaciónParlamento Europeo · Consultada el 4 de octubre de 2026
Última revisión: 4 de octubre de 2026