Requisitos para viajar a España desde México o Argentina
Con pasaporte mexicano o argentino no necesitas visado para una visita corta a España, pero en la frontera te pueden pedir más que el pasaporte. Qué dice la norma, cuánto dinero tienes que poder demostrar y cómo se cuentan los 90 días.
Información general, no asesoramiento legal. Lo que te corresponde depende de tu viaje, del país, de la compañía y de la norma vigente. Si tu caso es complicado, consulta con la autoridad competente o con un profesional. Más en las condiciones de uso.
¿Necesitas visado? Para una visita de hasta 90 días, no
México y Argentina están en la lista de países cuyos ciudadanos no necesitan visado para estancias de hasta 90 días en cualquier periodo de 180 en el espacio Schengen (Reglamento europeo 2018/1806, anexo II, en su texto de 2018). El Consulado de España en Buenos Aires añade que sí hace falta visado si el viaje es para un trabajo temporal, y para cualquier estancia de más de 90 días.
Qué te pueden pedir en la frontera
- Un pasaporte que siga siendo válido al menos tres meses después del día en que piensas salir del espacio Schengen y que se haya expedido en los 10 años anteriores al día que entras.
- Un billete de vuelta, o de continuación del viaje, a tu nombre, intransferible y con fecha cerrada.
- Para turismo, la reserva de un viaje organizado o prueba de dónde te alojas, o una carta de invitación de quien te aloje. La carta solo demuestra el alojamiento: no sustituye a lo demás.
- Dinero suficiente para tu estancia, en la cuantía que fija la norma española (abajo).
¿Cuánto dinero tienes que poder demostrar?
La norma española pide el 10 % del salario mínimo interprofesional por persona y día de estancia, y como mínimo el 90 % del salario mínimo por persona, aunque el viaje sea corto (Orden PRE/1282/2007). Como el salario mínimo cambia, la cifra cambia cada año.
La última cifra que publica el Consulado de España en México es la de 2025: 118 € por persona y día, y un mínimo de 1.065 € sea cual sea la duración del viaje.
Se demuestra con dinero en efectivo, cheques de viaje o tarjetas de crédito acompañadas del extracto de la cuenta al día. No valen las cartas del banco ni los extractos descargados de internet.
Los 90 días cuentan en todo Schengen
La regla vale para los 29 países del espacio Schengen a la vez: los días en Francia, Italia o España suman a los mismos 90. Y pueden negarte la entrada si en los últimos 6 meses ya has pasado más de 3 en España o en el espacio Schengen, en uno o en varios viajes.
Calcula tus días con la calculadora SchengenSi te niegan la entrada
Pueden negártela si no cumples las condiciones, y esa decisión se puede recurrir. También, aunque las cumplas, si te expulsaron antes de un país Schengen, si tienes prohibida la entrada o si supones un riesgo para la salud o el orden públicos.
ETIAS y el nuevo control de fronteras
Argentina está entre los más de 60 países cuyos ciudadanos tendrán que pedir por internet la autorización ETIAS, que no es un visado. Según el Consulado de España en Buenos Aires, en febrero de 2026 todavía no estaba en vigor ni tenía fecha. Lo que ya funciona es el EES: en la frontera escanean tu pasaporte, te hacen una foto y, si no necesitas visado, te toman cuatro huellas; a cambio, ya no te sellan el pasaporte.
Si quieres quedarte más de 90 días
Hace falta un visado antes de viajar. Ya en España, solo puedes alargar la estancia si lo autoriza la Oficina de Extranjeros o la Comisaría de Policía del lugar donde estés, por circunstancias excepcionales.
Qué hacer, paso a paso
- Comprueba las dos fechas de tu pasaporte antes de comprar el vuelo.
- Compra el billete de vuelta con fecha cerrada y guarda la reserva de tu alojamiento o la carta de invitación.
- Calcula el dinero que te pueden pedir por los días que vas a estar y llévalo en una forma que valga en la frontera.
- Apunta tus entradas y salidas del espacio Schengen para no pasar de los 90 días.
Te puede servir también
Fuentes oficiales
- Reglamento (UE) 2018/1806: países con y sin obligación de visadoBOE (copia del Diario Oficial de la UE) · Consultada el 16 de octubre de 2026
- Condiciones de entrada en EspañaConsulado General de España en México (Ministerio de Asuntos Exteriores) · Consultada el 16 de octubre de 2026
- Preguntas frecuentes del servicio de visadosConsulado General de España en Buenos Aires (Ministerio de Asuntos Exteriores) · Consultada el 16 de octubre de 2026
- Medios económicos para entrar en España: Orden PRE/1282/2007Boletín Oficial del Estado (BOE) · Consultada el 16 de octubre de 2026
- Documentos de viaje de los ciudadanos de fuera de la UETu Europa (Comisión Europea) · Consultada el 9 de octubre de 2026
Última revisión: 16 de octubre de 2026