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Vuelo demorado o cancelado en Argentina: tus derechos como pasajero

Los derechos del pasajero aéreo en Argentina los fija el Decreto 809/2024, que derogó la Resolución 1532/1998. Qué te deben si tu vuelo se demora, se cancela o te dejan en tierra por sobreventa, qué pasa con tu equipaje y dónde reclamar.

Información general, no asesoramiento legal. Lo que te corresponde depende de tu viaje, del país, de la compañía y de la norma vigente. Si tu caso es complicado, consulta con la autoridad competente o con un profesional. Más en las condiciones de uso.

¿Cuándo se aplica?

A los vuelos regulares y no regulares, internos e internacionales, que operan en Argentina aerolíneas argentinas y extranjeras: un vuelo de cabotaje, como de Buenos Aires a Bariloche o de Córdoba a Ushuaia, y los que salen o llegan al país. En los internacionales mandan primero los tratados que Argentina ha ratificado.

A diferencia de la norma europea, el reglamento argentino no fija ninguna compensación en dinero por una demora, una cancelación o una sobreventa: lo que te da es asistencia, otro vuelo o el reintegro.

Si tu vuelo sale de la UE hacia Argentina, o llega a la UE con una aerolínea europea, además te protege la norma europea, que sí tiene compensaciones fijas.

Si tu vuelo se demora

En Argentina, la asistencia que te debe la aerolínea por una demora que le sea atribuible depende de cuántas horas dure:

  • Hasta 4 horas: la aerolínea no está obligada a darte nada, salvo que la demora caiga entre las 00:00 y las 06:00; entonces te toca lo del tramo siguiente.
  • De más de 4 y hasta 8 horas: comidas y refrescos, según lo que tengas que esperar.
  • De más de 8 horas: además, alojamiento y los traslados.

Si por la demora pierdes una conexión, la aerolínea tiene que gestionar a su cargo tu reubicación. Y si la demora pasa de 4 horas y no has volado ningún tramo, puedes pedir que te devuelvan la tarifa pagada.

No te debe esa asistencia si la causa es la meteorología, un caso fortuito o fuerza mayor (aunque sí tiene que informarte), ni si te avisó con al menos 15 días de antelación.

Si te cancelan el vuelo

La aerolínea tiene que ofrecerte una de estas soluciones: el siguiente vuelo suyo al mismo destino con plazas, el endoso de tu pasaje a otra aerolínea con convenio, u otra ruta u otro medio de transporte hasta tu destino. Si ninguna te sirve, puedes pedir el reintegro del pasaje.

El reintegro tiene que llegarte dentro de los 30 días siguientes a pedirlo, por el mismo medio con el que pagaste. Si compraste a través de una agencia, lo pide la agencia. Y aunque tu tarifa no sea reembolsable, te devuelven las tasas e impuestos que no usaste.

Si no te dejan embarcar por sobreventa

Si te niegan el embarque por sobreventa, tienes las mismas soluciones que en una cancelación, con la misma asistencia según la espera. Antes, la aerolínea puede pedir voluntarios: la compensación del voluntario la fija la propia aerolínea y, si la aceptas y viajas, ya no puedes reclamar después.

Tu equipaje

Si se pierde o llega tarde, presenta un protesto a la aerolínea en 10 días si el vuelo es interno, o en 21 si es internacional. Si llega tarde y no estás en tu lugar de residencia, la aerolínea te paga los gastos de primera necesidad en 24 horas desde el protesto. Si no aparece, te indemniza según los límites legales del vuelo.

Si llega dañado, los daños menores no los cubre. Si el daño impide usar la maleta, te compensa con hasta 3 argentinos oro por bulto si haces el protesto antes de salir del aeropuerto; si no, reclama en 3 días (vuelo interno) o 7 (internacional).

Si cambias de idea

Si compraste por internet o por teléfono, puedes arrepentirte en los 10 días corridos siguientes a la compra, pero solo si las condiciones de tu tarifa permiten la devolución.

Dónde reclamar

Primero, a la aerolínea. Si no te responde o no te convence, la ANAC tiene un Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo: electrónico, voluntario y gratuito, sin necesidad de abogado. Lo reglamentó la Resolución 188/2026, publicada el 1 de abril de 2026, que entra en vigor a los 90 días hábiles de su publicación.

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Fuentes oficiales

Última revisión: 16 de octubre de 2026